La Explicación Nomológico-Deductiva
Publicado: 15 mayo, 2012 en Ciencia, FilosofíaEtiquetas:Ciencia, Deductiva, Epistemología, Explicación, Filosofía, Hempel, Nomológica, Oppenheim
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Introducción: el supermodelo de cobertura legal
Este modelo es un intento de capturar los rasgos característicos de las explicación científica, de una manera muy próxima a la idea pre-teórica que muchas personas no expertas pueden tener sobre la explicación científica.
Hace unos meses vimos que fue Aristóteles el que inventó la ciencia, más o menos. Nos tenemos que remontar hasta él para encontrar el origen del enfoque deductivo de la explicación científica.
Popper escribió en 1934 La lógica de la investigación científica, y en esta obra esbozaba las ideas básicas del modelo de cobertura legal. Pero fue unos años después, en un artículo de 1948 titulado Studies in the logic of explanation escrito por Carl Hempel y Paul Oppenheim, donde podemos encontrar la primera formulación precisa de este modelo.
Hempel y Oppenheim sostuvieron que una explicación científica es un argumento en el cual las premisas (leyes y datos) explican un hecho (o una regularidad) descrito por la conclusión de ese argumento.
Hempel y Oppenheim sostuvieron que una explicación científica es un argumento en el cual las premisas (leyes y datos) explican un hecho (o una regularidad) descrito por la conclusión de ese argumento.
El modelo ofrecido por Hempel y Oppenheim pronto se transformó en todo un supermodelo. En sucesivas publicaciones Hempel fue profundizando su análisis hasta acabar en tres modelos de explicación, todos ellos aplicables tanto a explicaciones de hechos como a explicaciones de leyes científicas, que podían ser
- Nomológico-deductivas (N-D), que es el que veremos con más detalle. Nomos significa ley, y por lo tanto se trata de un modelo para deducir leyes universales
- Estadístico-deductivas (E-D), similar al esquema anterior pero con la diferencia de que lo que deducimos es una ley estadística, no universal
- Estadístico-inductivas (E-I), en este caso lo que hace el modelo es inducir leyes estadísticas.
La diferencia entre una ley universal y una ley estadística, es que en el caso de las segundas, las premisas apoyan a la conclusión con una probabilidad P (numero comprendido entre 0 y 1). En el caso de una ley universal, P siempre sería 1.
Lo que estos tres modelos tienen en común es que presentan las explicaciones científicas como argumentos en los que el enunciado que describe aquello que se desea explicar resulta de un razonamiento cuyas premisas están compuestas por leyes y datos.
El ahora célebre artículo de Hempel y Oppenheim, junto con sus numerosas secuelas debidas principalmente a Hempel, suscitó una cascada de críticas y tentativas de enmienda que se transformó rápidamente en la columna vertebral del debate sobre la explicación científica en el siglo XX y en la base de la noción de explicación científica propia del empirismo lógico en filosofía de la ciencia.
El ahora célebre artículo de Hempel y Oppenheim, junto con sus numerosas secuelas debidas principalmente a Hempel, suscitó una cascada de críticas y tentativas de enmienda que se transformó rápidamente en la columna vertebral del debate sobre la explicación científica en el siglo XX y en la base de la noción de explicación científica propia del empirismo lógico en filosofía de la ciencia.
Aspectos coincidentes en los tres submodelos
De acuerdo a este supermodelo, toda explicación que pretenda ser sólida, debe presentar dos componentes teóricos fundamentales.
- El explanandum, que Hempel lo define, como: “la oración que describe el fenómeno a explicar y no el fenómeno mismo”.
- El explanans, por el cual entiende las clases de oraciones que se aducen para dilucidar el fenómeno. El explanans, a su vez, puede presentarse bajo dos formas:
- como oraciones que formulan condiciones antecedentes específicas que se dan previas al fenómeno a explicar o,
- como oraciones que expresan “leyes generales”.
Partiendo de estas definiciones, en los tres submodelos de cobertura legal se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Adecuación lógica
- El explanandum debe ser una consecuencia lógica del explanans. Ésta es la manera de satisfacer el requisito de pertinencia explicativa del explanans respecto del explanandum. En el caso de los submodelos estadísticos la conclusión no se deduce de las premisas: el explanans no implica lógicamente al explanandum, sólo le otorga una cierta probabilidad. Es decir, mientras la explicación nomológico-deductiva representa implicación lógica, la explicación estadística-inductiva significa una relación de sustento inductivo tal que el valor numérico particular de la variable P constituye la “fuerza” de ese apoyo.
- El explanans debe contener leyes generales (universales o probabilísticas según el caso) que resulten necesarias para la derivación del explanandum.
- El explanans debe poseer contenido empírico, es decir, debe ser posible someterlo a prueba empírica.
- Adecuación empírica
- Los enunciados del explanans deben ser verdaderos o, al menos, buenas aproximaciones a la verdad.
El modelo tradicional de explicación: Modelo Nomológico-Deductivo de Hempel
El esquema de explicación “deductivo-nomológico” (nomos = ley), ha sido uno de los modelos que más influencia ha tenido en las distintas disciplinas científicas.
Para Hempel, uno de los objetivos fundamentales de toda empresa científica es la de explicar los fenómenos del mundo físico, pero no con el objetivo de descubrir ningún hecho concreto, sino para alcanzar una comprensión explicativa. Además, toda explicación que pretenda ser considerada científica debe proporcionar siempre una sólida comprensión del mundo, que mantenga una relación lógica con nuestra experiencia y que, al mismo tiempo, sea susceptible de contrastación empírica.
En su obra, “Filosofía de la ciencia natural” (1977), menciona dos requisitos epistémicos que, a su modo de ver, son fundamentales en todas aquellas explicaciones científicamente adecuadas.
- Requisito de relevancia explicativa, en el que toda la información que se proporciona es para tener una buena base para poder creer que el fenómeno que se trata de explicar tuvo o tiene lugar.
- Requisito de contrastabilidad, donde los enunciados que constituyen una explicación científica deben ser susceptibles de contrastación empírica.
Si bien Hempel reconoce que ambos requisitos están íntimamente relacionados, sólo considera como necesario para toda explicación científica el primero.
Hempel, resume las características de su modelo de explicación en el siguiente esquema:
El fenómeno explicado puede describir un evento que ocurre en un lugar o en un tiempo determinado. O, puede reflejar alguna regularidad general expresada en una ley empírica que suscita la pregunta ¿por qué ocurre tal evento? A la pregunta, por ejemplo, ¿por qué los cuerpos en caída libre se mueven de acuerdo con la ley de Galileo? o ¿por qué el movimiento de los planetas presenta las uniformidades mencionadas por la ley de Kepler?, se responderá en base a principios teóricos que se refieren a estructuras y procesos que subyacen a las uniformidades en cuestión. Así, la respuesta asume la forma de un razonamiento deductivo, que subsume la regularidad a explicar bajo leyes más inclusivas o principios teóricos.
De esta manera, el esquema nomológico-deductivo satisface el requisito de relevancia explicativa, en cuanto que la información explicativa que proporciona, implica deductivamente el enunciado explanans, ofreciendo así una base lógica concluyente para esperar que se produzca el fenómeno explanandum. Pero, al mismo tiempo, cumple con el requisito de contrastabilidad, ya que el explanans implica que, dadas las condiciones específicas, se producirá el fenómeno explanandum.
Descomponiendo la explicación nomológica-deductiva:
La explicación de un enunciado (E) está integrada por dos tipos de enunciados:
- las condiciones antecedentes (C) que describen las circunstancias iniciales en las que se produce el enunciado
- las leyes generales (L) que explican el enunciado.
Los antecedentes y las leyes funcionan como premisas de una inferencia deductiva cuya conclusión es el enunciado. El esquema de explicación deductiva sería por tanto:
- L1,L2,…Ln: Explanans (lo que explica), conjunto de enunciados, integrado por una o más leyes científicas y por las condiciones iniciales. Las leyes que lo componen se llaman enunciados legales.
- C1,C2,…Cn y E: Explanandum (lo explicado), puede describir un acontecimiento que ocurre en un lugar y un tiempo determinados o puede expresar una regularidad general que suscita la pregunta de por qué ocurre.Describe el fenómeno a explicar
En la explicación nomológica-deductiva, la ocurrencia del fenómeno que se pretende explicar puede afirmarse con certeza a partir del conocimiento de las leyes universales y demás condiciones relevantes. Se deduce el explanandum del explanans. Pretende demostrar que el hecho obedece a determinadas leyes. Puede aplicarse tanto a hechos como a leyes:
- Explicación de hechos o sucesos singulares:
- Explanandum: enunciado que describe el hecho a explicar.
- Explanans: Condiciones iniciales (singulares) y leyes.
- Explicación de leyes o regularidades generales:
- Explanandum: Ley a ser explicada
- Explanans: Sólo leyes
- El explanandum debe ser consecuencia lógica del explanans.
- El explanans debe contener las leyes generales.
- El explanans debe tener contenido empírico.
- Los enunciados que componen el explanans deben ser verdaderos.
Las 3 primeras son de carácter lógico, mientras que la 4 es de carácter empírico
Hempel considera que el tipo de explicación nomológica-deductiva es la fundamental, las otras formas de explicación serán pertinentes en la medida en que se aproximen a ella.
El concepto de explicación deductivo-nomológica
El modelo deductivo nomológico tiene como requisito fundamental la existencia de una ley natural verdadera. Sin esta ley el sistema cae directo al suelo, ya que es imposible derivar conjetura o predicción alguna. La generación de hipótesis universales hay que entenderla como una conjetura, un salto al vacío que podrá desconfirmarse o no, pero que no proviene enteramente de la experiencia, sino más bien del sujeto.
Lo único de lo cual puedes estar seguro es que las leyes universales tienen características bien definidas: universales y con un alto grado de confirmación. El modelo nomológico deductivo asegura solamente que “si tus premisas son verdaderas -la ley, las condiciones iniciales-, la conclusión también lo será-la explicación-“
En la meta-observación de cómo se explica un fenómeno realizada desde el enfoque del Empirismo Lógico, se pasa totalmente por alto el análisis de las condiciones que posibilitan la constitución de la experiencia.
Este problema esencial ya fue planteado por Kant, pero recurriendo a elementos aprióricos, es decir, las “categorías”, independientes de la misma experiencia y que se hallan en la misma capacidad cognoscitiva del observador.
Al dejar de lado la observación de las condiciones (en la estructura misma cognoscitiva del observador) que posibilitan en el observador científico llegar a explicar ciertos fenómenos, el problema se desplaza al examen del mismo proceso sobre enunciados y formulaciones: las de la ley natural que se considera da razón de los fenómenos, y las del mismo proceso de inferencia desde dicha ley a los fenómenos que habrá que comprender como casos de aplicación de la ley.
Es decir, el problema de la explicación científica se plantea al nivel de observación del lenguaje y lógica dominante en los enunciados científicos: el que una presunta ley natural sea considerada como la razón de que se den ciertos fenómenos. Esto requiere que la cuestión de la validez de la explicación científica sea contestada desde el punto de vista o marco de referencia orientada al lenguaje (científico), las condiciones para que aceptar que una ley natural sea o no aceptable como razón de la existencia de ciertos fenómenos. O lo que es lo mismo: el razonamiento metateórico realiza un examen de las condiciones, en los mismos enunciados de leyes, o en las inferencias desde esos enunciados universales a los particulares (el caso en que se aplica la ley) para que una explicación (como conjunto de enunciados en relaciones internas que permiten pasar de unos a otros) sea o no aceptable.
Esta esquematización de lo que es el explicar científicamente es estructurada en forma de una inferencia o conclusión lógica (a partir de unas premisas, siguiendo unas reglas lógicas, se llega a una conclusión).
Las premisas constan de enunciados singulares, los llamados datos antecedentes (que indican las circunstancias que se dan) y de enunciados universales (hipótesis sobre leyes naturales). La conclusión inferida describe el fenómeno o evento que se deseaba explicar como causado por esas leyes. La explicación hallada se denomina explicación causal porque las premisas a partir de las que se realiza la inferencia están constituídas por las llamadas leyes causales.
Los datos antecedentes son también causa del hecho a explicar. Aquí debe notarse que en este modo de explicación el campo de fenómenos observados se reduce al de la experiencia científica, es decir, la experiencia realizada primariamente en el mundo físico. Si se realiza una experiencia sobre fenómenos, por ejemplo, sociales o psicológicos, se presupone deberán poder ser observados con la misma óptica o métodos empleados en el análisis de fenomenos materiales.
En el caso más normal, donde serán posibles varias leyes que explicarán la aparición de un evento, el esquema sería así:
A1, A2, ……. Ak (condiciones antecedentes)
G1, G2, ……… Gn (leyes naturales)
____________ inferencia lógica
E Explanandum
El explanans está constituido por el conjunto de las condiciones iniciales y por las leyes. El explanandum se deduce, según las reglas de la lógica, a partir del explanans.
Para poder distinguir una explicación auténtica de una sólo aparente, Hempel y Oppenheim imponen ciertas exigencias a las condiciones de adecuación: junto a la exigencia de una corrección formal en la operación de inferir la conclusión, se pide:
- que el argumento que lleva del explanans al explanandum se estructure con correccion lógica;
- que el explanans debe contener, por lo menos, una ley válida generalmente (o debe contener un enunciado del que se siga lógicamente una ley universal) y que tal ley sea utilizable en la deducción de la conclusión o explanandum;
- que las leyes del explanans tengan un contenido empírico (o lo que es lo mismo, que sean sometibles a prueba mediante experimento u observación);
- que todas las afirmaciones del explanans sean verdaderas o estén verificadas.
Si se cumplen estas condiciones, Hempel y Oppenheim dicen que se evitarán consecuencias como las de que afirmar ciertas explicaciones en un estadio del desarrollo científico que en otro posterior deberán ser negadas. Es decir, se evitará afirmar sucesivamente la corrección o falsedad de una misma hipótesis.